David Gutiérrez Roncancio
David Gutiérrez Roncancio
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Cristian Mercado

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Detención domiciliaria para hermano de Teófilo Gutiérrez por presuntamente golpear a su mujer

El juez prohibió cualquier comunicación por parte de David y su familia con la víctima.

El abogado de David Gutiérrez Roncancio intervino este jueves en la continuación de la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento para sustentar su posición del por qué no estaba de acuerdo sobre la petición de la Fiscalía de cobijarlo con medida de aseguramiento preventivo en centro carcelario.

El abogado, en audiencia, indicó que Medicina Legal no especificó las lesiones que supuestamente le propinó David a su mujer. Además, aseguró al juez que su defendido no tiene la intención de volarse si se le daba una medida diferente a la intramural.

Tras escuchar los argumentos del abogado y de la fiscal, el juez decidió cobijarlo con detención domiciliaria.

El juez aseguró que la defensa tiene razón sobre la "inflación que presentó la Fiscalía".

"Aquí no estamos ante una captura de flagrancia  y esto nace ante una orden de captura", dijo el juez, quien indicó que la Fiscalía presentó unos argumentos sin una documentación soportable con otras cosas que salieron a relucir en audiencia.

No obstante, el juez aseguró que sí existe inferencia razonable de autoría en un solo hecho ocurrido el 23 de febrero del 2019 (el día en que se habría presentado la agresión) y que lo demás no hubo un sustento como la Fiscalía indicó que David posee un arma de fuego, pero esto no se imputó. Solo la Fiscalía imputó el delito de violencia intrafamiliar agravada.

"No está comprobado que exista arma de fuego. La narración de la víctima dice que el arma David la posee en una caleta en su vehículo, pero este automotor fue incautado el día de la captura y no se halló el arma", dijo el juez.

Sobre la agresión que le habría producido  un aborto a la mujer, el juez dijo "La Fiscalía dice que hubo un aborto por parte del maltrato del indiciado a la víctima. Sin embargo, no hubo una documentación que soportara que la víctima estuviera embarazada".

No obstante,  el juez aclaró que hay una inferencia razonable de autoría sobre los hechos ocurridos ese 23 de febrero porque la Fiscalía sí mostró documentación, fotografías y videos sobre los golpes que recibió la mujer por una conversación que él le encontró a ella porque le estaba pidiendo unos conos a un amigo y eso molestó a David.

"El juez impondrá medida de aseguramiento intramural siempre y cuando se cumpla unos de los requisitos: El imputado obstruya a la justicia, esto no se da. La Fiscalía establece su recurso de argumentación que hay una obstrucción a la justicia porque hay una agresión de la víctima de vieja data, pero no hay constancia sobre denuncias anteriores. Es decir, que la agredía para que no la denunciara. En cuanto a que es un peligro para sociedad, la Fiscalía no demostró esa argumentación; y sobre que el imputado es un peligro para la víctima aquí la Fiscalía sí argumentó", dijo el juez.

El togado precisó que sí hay una denuncia de una mujer de 19 años, quien ha convivido dos años con el presunto agresor, y con los elementos materiales entregados por la Fiscalía hay inferencia que una libertad de David puede poner en peligro a María Alejandra Galán.

El juez precisó que la medida privativa de la libertad (domiciliaria) es viable porque se debe salvaguardar la integridad de la víctima. No obstante, la Fiscalía no argumentó del por qué no era viable una detención domiciliaria.

Sin embargo, el juez dio otras órdenes para que la víctima sea protegida.

"La domiciliaria le restringe la libertad y no puede seguir con la violencia física a la víctima, pero qué pasa con la violencia psicológica. Hay unas medidas de protección para la víctima, ya que la pareja no vive juntas y tampoco tienen hijos. Se ordenará pagos de orientación y médica por parte del agresor a la víctima. Ordenará a la Policía ronda periódica a la lugar de residencia a la víctima. Este despacho prohíbe cualquier forma de comunicación por parte del agresor o núcleo familiar con la víctima. Todo lo que tengan que comunicar será a través de sus defensores", ordenó el juez.

En la audiencia estuvo presente la mujer víctima, María Alejandra, y el progenitor de David, Teófilo Gutiérrez padre.

La audiencia culminó a las 8:00 de la noche de este jueves.

Hay que recordar que David Gutiérrez, hermano del jugador Teófilo Gutiérrez, la Fiscalía le imputó ayer los cargos de violencia intrafamiliar agravada por presuntamente haber agredido física y verbalmente a su compañera sentimental María Alejandra Galán, quien lo denunció en la Fiscalía por ese delito.

El hombre, de 26 años, fue privado de la libertad por intermedio de una orden de captura emanada por un juez de control de garantías. La captura se realizó por parte de miembros de la Sijin el pasado Martes de Carnaval, en horas de la noche, en su residencia, en el barrio Simón Bolívar, en el suroriente de Barranquilla.

 

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